Corresponde al Comité de Doctrina y Legislación:
ARTÍCULO 68º
68.1. Mantener en estudio la doctrina del Colegio Médico del Perú, el Estatuto,
Reglamento y el Código de Ética y Deontología; proponiendo al Consejo Nacional
las ampliaciones o modificaciones que estime necesarias.
68.2. Informar al Consejo Nacional en relación con los fundamentos doctrinarios de las cuestiones que le sean planteadas sobre las normas bioéticas, éticas y deontológicas.
Comité de Doctrina y Legislación. Presidente: Dr. Daniel Enrique Haro Haro con registro de matrícula CMP Nº 00687 y RNE Nº 1588 (Oftalmología) Miembros: |